Casación No. 538-2011

Sentencia del 11/02/2013

“...La parte medular de esta controversia era dilucidar si la entidad contribuyente era la propietaria de las cédulas hipotecarias relacionadas en el ajuste, y como consecuencia de ello, si tenía derecho a incluir los intereses generados por ellas en la declaración jurada anual del impuesto sobre la renta, como costos y gastos de rentas exentas, circunstancia que se determina al confrontar los referidos títulos de crédito, en los que consta que efectivamente la entidad Aseguradora General, Sociedad Anónima adquirió la propiedad de éstas, las cuales se encuentran exentas de toda clase de impuestos, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 34 de la Ley del Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas; por lo que, resulta improcedente el submotivo de error de hecho en la apreciación de la prueba alegado...”